sábado, 20 de febrero de 2010

Ciudacoches . Delito o Trabajo Marginal? Dr. Bilbao Benitez A.

Azorado he leído sobre la opinión de algunos políticos y hasta de profesionales del derecho sobre la necesidad de regulación y el no encuadre en ninguna figura penal de esta actividad. .
Considero que estamos frente a una figura delictual claramente tipificada en el Código Penal en su artículo 149 bis in fine (amenaza coactiva), con prisión de 2 a 4 años, el que obliga a otro haciendo uso de amenazas a actuar en contra de su voluntad (la brevedad del medio me impide extenderme sobre esta cuestión).

Es claro el ejemplo de que estos "cuidacoches" amenazan directa o indirectamente anunciando un daño cierto, y habría que cuidar el coche de ellos mismos. Además se pretende como si tuviéramos pocos crear un nuevo impuesto con esto de la reglamentación de la actividad. ¡Toleramos hasta que cobren tarifa fija! Para los que consideran que no es delito, propongo que cambiemos variables para ver si continúa la opinión: supongamos que usted sale de su domicilio a trabajar y lo intercepta un sujeto que le propone por una módica suma cuidar de su familia mientras usted no está. ¿Qué le parece? Regularíamos entonces a partir de esa costumbre a los "cuidafamilias", ¿por qué no? Ya lo dijo Victoria Ocampo: "Si no se tiene el valor para vivir como se piensa se termina pensando como se vive".
Cambiemos las cosas que están mal, no pensemos que se vive bien ni correctamente por el solo hecho de que ya está hecho. La conducta de los cuidacoches es delictual, amenazante y antisocial.

Me permito opinar sobre el pensamiento de un colega, el Dr. Boasso, quien publicó una carta el 12-02-2010 en el Diario La Capital. No es mi intención hacer un análisis trialista o filosófico de la supuesta norma que reglamentaria a los Ciudacoches, pero si analizar su naturaleza jurídica y social. Advierto que el Dr. Boasso tiene el concepto de que cualquier costumbre que se desarrolle en la sociedad, con repetición, generalidad, convencimiento de que responde a una obligación jurídica, hay que regularla. No comparto en absoluto este pensamiento.

Hay varias cuestiones que quedan en el aire sin respuestas, por ejemplo:

1) ¿Quien enviste al Ciudacoches de la potestad de poder cuidar el patrimonio de otro? (¿el Estado?),
2) En caso de daño efectivo al coche, quien responde civilmente? (el Ciudacoches o el Estado que lo reconoció en su figura, le dio entidad, y lo reguló.), el ciudacoches es un TRABAJADOR?, en cuyo caso afirmativo, donde lo posicionamos jurídicamente dentro del plexo normativo laboral?,
3) Un menor, ¿puede ser Ciudacoches?, en caso de negativa, ¿por qué no?.
4) ¿Tiene el ciudacoches poder de policía para detener al agresor de un vehículo?, en caso de negativa, ¿Por qué no?, si él sería el responsable de ese vehículo. En caso de positiva: Dios mio!!
5) Aunque la victima conozca todos los datos del ciudacoches, nombre y apellido, etc, al radicar la denuncia contra él, como prueba el daño? Si justamente jamás se produce el mismo cuando el dueño del auto esta cerca de su rodado. Es una prueba diabólica y de imposible producción, ¿Cómo prueba el nexo causal entre el daño y el ciudacoches despechado por no abonarle su “propina voluntaria”?....Y así contamos con innumerables cuestiones de origen o derivadas al regular o normatizar una actividad que, para mi opinión, es delictiva.


Pero la cuestión más importante es: ¿De quien debe cuidar el coche el ciudacoches?, por que si mal no recuerdo es el Estado quien debe velar obligatoriamente y únicamente por la vida y el patrimonio de sus administrados. Basta de hipocresía, el Ciudacoches necesita un trabajo decente, normal, asalariado, regulado y en forma de ley, con beneficios sociales y previsionales para él y su familia. Se necesita más trabajo legal y real, y menos demagogia.
Visite este vicnulo del Diario La Razon para informarse mas sobre la ley que los prohibiria. http://www.larazon.com.ar/notas/2010/02/01/02131328.html